Actualidad del Tema: Legítima Defensa
Esta semana ha vuelto a estar de actualidad un tema relacionado con la legítima defensa. En un cine de León, una pareja empezó a discutir hasta el punto de que se produjo una agresión. El hombre cogió del cuello a una mujer. ¿Qué sucede entonces? Un señor, boxeador profesional, se levantó y fue a increpar al hombre pidiéndole que cesara en aquello que estaba haciendo. El agresor, lejos de parar, se encaró con el boxeador. Entonces, lo obvio: el boxeador profesional le dio una paliza literalmente, dejando al agresor inconsciente en el suelo.
Debate sobre la Legítima Defensa
¿Qué sucede aquí? Surge el debate sobre si se podría aplicar la legítima defensa al boxeador. Desde un punto de vista jurídico, debemos tener en cuenta varias cosas. La primera de ellas es desmentir un mito que se lleva escuchando desde hace mucho tiempo: que las personas que saben artes marciales no es equivalente a que estén usando un arma blanca. La definición jurídica de arma es un objeto con una hoja metálica o un material parecido que sea cortante o punzante. Por lo tanto, tendría que ser un objeto ajeno al cuerpo del sujeto.
Agravantes de Responsabilidad Penal
Dicho esto, sí existe una agravante de responsabilidad penal para las personas que saben artes marciales y es que se produce un abuso de superioridad. Además, podría darse el caso de que se aplique otra agravante de responsabilidad penal, que es la alevosía, la cual se da cuando el agresor ataca a la víctima y esta no tiene ningún medio para defenderse.
Requisitos de la Legítima Defensa
Habría que valorar si se puede aplicar. Dicho esto, no procede entrar a valorar si se aplica legítima defensa o no, puesto que el abuso de superioridad ya lo hace muy difícil y la alevosía lo va a hacer imposible. En cuanto a los requisitos de la legítima defensa, son tres:
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Que se produzca una agresión física contra una persona.
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Que exista proporcionalidad entre la acción y la reacción, que en este caso sería complicado de demostrar, ya que la reacción del boxeador es bastante desproporcionada frente a la agresión que él mismo sufre.
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La tercera es si existe una provocación previa.
Todo esto sería la valoración que haría un juez o un tribunal desde el punto de vista jurídico para valorar si existe legítima defensa o no, y ya os digo yo que en este caso no se va a aplicar.
Perspectiva Ética y Social
Ahora bien, desde el punto de vista ético, moral o sociológico, ¿es reprochable este acto, esta acción? ¿Podemos reprocharle al boxeador lo que ha hecho? Bueno, aquí cada uno tendrá su opinión.
La Pasividad de la Sociedad
Yo iría un punto más allá y, en lugar de centrarnos tanto en la acción que ha cometido el boxeador, deberíamos tener en cuenta otro hecho: ¿cómo es posible que en una sala de cine en la que habrá 50 o 100 personas adultas, de todos ellos solo haya una persona que tome acción? Y es que el problema está más bien en la pasividad de la sociedad ante situaciones que requieren de una acción inmediata.